Seguridad pública: estado de derecho vs estado policía. Salvador Martínez y Martínez

El concepto de seguridad pública va de la mano del estado de derecho que a su vez fundamenta la República democrática en contraposición a los totalitarismos y los Estados policiales que reducen los campos de libertad de los individuos en sociedad; en este sentido, el autor precisa algunos conceptos centrales para dimensionar la seguridad pública como una acción siempre apegada a la Ley.

Seguridad Pública: estado de derecho vs. estado policía

Salvador Martínez y Martínez *

En términos del Artículo 40 de su Constitución Política, México es una República. Dicha palabra procede de la expresión latina res publica y tiene el sentido de comunidad pública o cuerpo político. Contemporáneamente, la voz "república" es sinónimo de la expresión "estado de derecho"; universalmente, el régimen republicano o de derecho se ha considerado por antonomasia como el sistema para proteger los derechos humanos, a fin de que el ser humano no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión.

El estado de derecho o república tiene como principio básico el sometimiento de todos los derechos humanos. El precepto de sumisión a las leyes implica citar también el derecho de libertad: "Toda persona tiene el derecho de hacer o de omitir todo aquello que la ley no ordena ni prohíbe". Pero conviene aclarar que esta máxima vale únicamente para los gobernados, pues los gobernantes se rigen por la regla de la competencia, cuyo contenido consiste en afirmar que "el gobernante sólo debe hacer lo que la ley le ordena".

En oposición al estado republicano o de derecho, aparece el estado totalitario o estado policía que es un sistema de nudo de poder. En la realidad, como el trigo y la cizaña de la parábola evangélica, el estado de derecho y el estado policía crecen juntos, pero a diferencia del mensaje bíblico, al segundo no se le debe dejar crecer porque devoraría al primero. Es decir, el estado totalitario es un parásito que se traga a la república y a sus principios.

El estado de derecho identifica a la civilización y el estado policía a la barbarie, y hay tiempos en que domina lo primero y tiempos que impera lo segundo. En el último siglo del milenio que concluye, a decir verdad, los estados parecen llevar la impronta de la barbarie.

La seguridad pública y el estado policial

Esta reflexión es pertinente ya que en México, el grito popular del fin de siglo, tanto en el campo como en las ciudades, se manifiesta exigiendo una mayor seguridad pública. Pero, quienes lanzan ese clamor, ¿saben lo que quieren cuando piden más seguridad pública?

La pregunta es importante, pues particularmente en las esferas de gobierno, la "seguridad pública" se aborda bajo un enfoque fundamentalmente policial: se reduce a la conexión policía-bandido como una versión de la relación política amigo-enemigo. Se trata de una interpretación contemporánea de la noción maniquea del dios bueno en eterna lucha contra el dios malo.

El concepto de "policía" es tan vago y ambigua que, bajo esa sombrilla, se cubre tanto la gendarmería (custodios del orden establecido en una sociedad dada), como cualquier otra especie policial, pero siempre de disposición militar. En este sentido, la idea de seguridad pública termina dándose la mano con el concepto de seguridad nacional.

Por otra parte, la ligadura policía-bandido se ha hecho tan íntima que hasta se podría sospechar un parentesco. De pronto, la población ya no sabe quién es cada uno, esto aumenta el sentimiento de inseguridad y la vociferación, clamando por soluciones antirrepublicanas abiertas y violentas. El lenguaje de la cultura mediática, cuyas primicias se están sintiendo en nuestro país, también ha puesto lo suyo dramatizando el clamor popular. El enfoque de las cámaras de televisión tiene como punto central el citado vínculo, el resto de la realidad es borroso.

Cuerpos policíacos y el estado de derecho

Cualquiera podrá señalar con ironía que "se está descubriendo el agua tibia" al afirmar que la policía tiene la tendencia a excederse en sus atribuciones. Pero tal vez el problema estriba en los nebulosos límites impuestos a sus tareas. Sea una cosa u otra, lo cierto es que ese es el modo en que el estado totalitario se abre brecha y se desenvuelve, por lo que resulta indispensable distinguir entre la policía de seguridad pública y el resto de los cuerpos policíacos para cerrar el paso y cortar de tajo este parásito. Solamente así se podrá establecer su competencia y declarar violatorias de derechos humanos las llamadas "redadas" y la facultad policial de privar arbitrariamente de su libertad a cualquier persona con supuestos fines de identificación, de averiguación de antecedentes o con cualquier otro pretexto.

La voz "seguridad" ("seguridad pública" o "seguridad nacional") es constantemente utilizada, particularmente por los regímenes no democráticos como finalidad esencial del poder. Lamentablemente, la seguridad se entiende por lo común a efectos de continuidad y afianzamiento de tales regímenes. La proliferación de las leyes sobre delitos contra la seguridad del estado corrobora lo dicho; en los regímenes de partido único, la seguridad se centra, en gran medida, alrededor de la seguridad de éste.

En concreto, en los regímenes no-democráticos, el político promete con facilidad la seguridad pública. El político sabe lo que quiere, pues el incremento de la seguridad pública significa un crecimiento de su poder. Por eso alienta los quejidos causados por la inseguridad, y la promesa de seguridad pública es una de las que, en teoría, sí piensa cumplir: "¡Una policía más preparada, mejor equipada, bien armada!" Más aún, esta especie de político aspira a una seguridad pública total pues el totalitarismo es el campo ideal para hacer de las suyas, lo cual es una manifestación de que la exigencia de omnipotencia por parte del Estado policía sigue presente, agazapada o larvada.

El derecho de la fuerza o la fuerza del derecho

En efecto, los estados han exigido lo anterior, y por lo que se observa siguen exigiéndolo, una ilimitada jurisdicción en todos los aspectos. De aquí que nos falten quienes siguen viendo al Estado como la institución de la sociedad, autorizada y pertrechada, para el empleo de la fuerza, es decir, para ejercer un control coercitivo. Esta firmeza puede ser ejercida, como defensa del orden, sobre los propios miembros de la sociedad o contra otras sociedades. La voluntad del estado -dicen quienes así lo perciben- es la Ley y sus agentes son los que hacen las leyes e imponen su observancia.

Esta es la descripción del estado de nudo poder. A quienes piensan de tal modo, es necesario responderles que no es lo mismo el derecho de la fuerza que la fuerza del derecho. La palabra "seguridad" denota la situación de encontrarse a salvo, con defensas contra el azar, y puesto que el ser humano es más bien un animal inseguro, aspira siempre a tener seguridad.

La seguridad jurídica

Las sociedades humanas son esencialmente violentas y la seguridad de la persona humana es necesaria, pero al mismo tiempo relativa. La clave del buen entendimiento de la seguridad pública está en la comprensión de "lo privado" y "lo público"; así, por razón de su función, el mando político no tiene una jurisdicción ilimitada. Debe el estado dejar a los miembros del grupo social una cierta libertad de acción que fuese lo más extensa posible, esto es lo que se llama "lo privado". El campo de acción que el mando político se reserve, recibirá la denominación de "público".

En el mundo de la actualidad, es normal e incluso necesario que la esfera de lo público aumente en detrimento de lo privado, pero no se puede admitir que la segunda disminuya hasta desaparecer casi por completo. Le repulsa del totalitarismo es la indispensable condición de la defensa de la persona humana y de sus derechos. Por ello, el presente artículo hace un esfuerzo por acallar el lloriqueo o gimoteo por la "seguridad pública", e iniciar el conocimiento y la reflexión seria acerca de lo que la expresión significa. Este artículo indica que la seguridad pública, por lo menos, debe ser seguridad jurídica.

En este sentido, la seguridad jurídica es uno de los fines esenciales del derecho, pero es menos popular que la seguridad pública. En términos generales, la seguridad jurídica es la garantía dada al individuo para que su persona, sus bienes y sus derechos no sean objeto de ataques violentos o que, si éstos llegan a producirse, le sean asegurados por la sociedad, protección y reparación. En otros términos, está en seguridad aquel individuo que tiene la garantía de que su situación no será modificada sino por procedimientos conformes a la Ley

Las libertades sociales y el estado de derecho

Algunos maestros de la Ley enseñan que la seguridad jurídica tiene dos aspectos, uno objetivo y otro subjetivo. Objetivamente, es la protección de los bienes Jurídicos; subjetivamente, es la certeza que tiene un individuo para poder disponer de tales bienes (sentimiento de seguridad jurídica). Los bienes jurídicos son los valores fundamentales de una sociedad y deben entenderse como los derechos inherentes a la persona humana: derecho a la vida, derecho a la libertad, derecho a la propiedad, derecho al honor, derecho a la administración de justicia, derecho al trabajo, derecho a la vivienda, derecho a la administración a un medio ambiente sano, etc.

Es en el campo del derecho penal donde se aprecia lo que significa la lesión a la seguridad jurídica, pues cuando se comete un delito objetivamente se afectan uno o varios bienes jurídicos, por lesión o por peligro, y subjetivamente se produce alarma social. Sin embargo, es evidente que los agentes del estado también pueden lesionar la seguridad jurídica, afectando bienes jurídicos y produciendo el sentimiento de inseguridad o alarma social.

Al final de cuentas, el derecho de libertad jurídica de las personas es el ambiente que debe ser respetado por las acciones de seguridad pública en un estado de derecho o república. En un estado de esta índole, la esfera de "lo privado" se distingue nítidamente de "lo público".

* Maestro de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana.


Seguridad pública y procuración de justicia *

La seguridad pública y la procuración de justicia son una demanda constante de la sociedad. Son además, condición indispensable para la instalación y crecimiento de empresas y para la generación de empleos productivos y estables, pero fundamentalmente son elemento esencial del bienestar de la población.

Se profundizará la identificación de las causas del delito para prevenirlo con eficacia.

Se propondrán las reformas legales conducentes y se otorgará la máxima prioridad a las acciones necesarias para participar con plena convicción, determinación y eficacia en la Cruzada Nacional contra el Crimen y la Delincuencia.

Con relación a este tema, se actuará con gran energía contra el delito, pero también contra las causas que lo originen.

Con apego al marco reglamentario del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se reforzarán las acciones del Consejo Estatal de Seguridad Pública y los programas de profesionalización de los cuerpos policíacos y de procuración de justicia, equipamiento de las corporaciones e integración y manifestación del Sistema Nacional de Información sobre seguridad pública.

Se modernizarán los instrumentos jurídico-reglamentarios que propicien reducir los niveles de impunidad, mejorando los índices de denuncias atendidas, órdenes de aprehensión ejecutadas, delincuentes sentenciados y cumplimiento de condenas.

Se establecerá una mejor coordinación con la federación y con los estados vecinos de Veracruz para reducir los espacios de impunidad y elevar la eficacia operacional de las policías.

Se fomentará la cultura jurídica a todos los niveles de la población, para que el ciudadano conozca sus derechos y obligaciones y esté conciente de las consecuencias de sus actos. La creación de esta cultura se iniciará desde la educación básica. Al mismo tiempo se propiciará un clima de confianza y seguridad para alentar a la población y participar activamente en el programa de seguridad pública, especialmente mediante la denuncia de hechos delictivos.

Los niños, las mujeres, los ancianos, los discapacitados y los indígenas veracruzanos, obtendrán una protección especial en esta materia, a fin de garantizar su pleno ejercicio de derechos y el respeto a sus garantías. Para ello, se mejorarán los medios de apoyo tales como: traductores, asesoría jurídica, una procuraduría especializada y campañas de educación jurídica.

Se propiciará el mejoramiento de la calidad de vida en los reclusorios fortaleciendo los programas de readaptación social, sin detrimento del estricto cumplimiento de la pena que la sociedad imponga a los sentenciados. En los reclusorios se agregará al concepto de readaptación social, el de integración al sistema productivo, para dignificar la vidas de los internos y sus familias e incorporarlos al esfuerzo de desarrollo.

Para garantizar que los internos gocen de condiciones dignas de vida, se establecerá una visitaduría a fin de supervisar la operación de los Centros de Readaptación Social y de Integración al Sistema Productivo.

El pleno respeto y promoción de los derechos humanos será divisa indeclinable del Gobierno del Estado de y regirá su actuación.

* Plan Veracruzano de Desarrollo 1999-2004.